QUÉ SE HACE |
QUIÉN LO HACE |
REGISTRO |
CÓMO LO HACE |
Proyectar Resolución de Ejecución de Sentencia |
- Abogado Designado |
Proyecto de Resolución
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El abogado Apoderado del negocio jurídico, una vez enterado de que el fallo es adverso a los intereses del Municipio de Manizales, elabora la Resolución de Ejecución de Sentencia, y la radica ante el Despacho del Secretario Jurídico. |
Revisar y visar la Resolución de Ejecución de Sentencia |
- Isabel Cristina Cardenas Restrepo |
Oficio de radicación ante el Despacho del Alcalde
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El Secretario Jurídico revisa y visa el proyecto de Resolución de Ejecución de Sentencia, el cual se envía y radica ante el Despacho del Alcalde, para su firma. |
Sancionar la Resolución de Ejecución de Sentencia |
- Jose Octavio Cardona León |
Resolución de Ejecución de Sentencia
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El Alcalde Municipal, una vez enterado del contenido de la Resolución de Ejecución de Sentencia, la suscribe y lo devuelve a la Secretaría Jurídica. |
Numerar y fechar la Resolución de Ejecución de Sentencia |
- Sandra Patricia Giraldo Quintero |
Resolución de Ejecución de Sentencia numerada y fechada
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Una vez la Resolución de Ejecución de Sentencia es recibida por el Auxiliar Administrativo de la Secretaría Jurídica, se procede a su numeración y fechado, y entrega copia de la mismo al abogado apoderado. |
Enviar oficio remisorio de la Resolución de Ejecución de Sentencia a la Secretaría de Hacienda |
- Sandra Patricia Giraldo Quintero - Abogado Designado |
Oficio remisorio a la Secretaría de Hacienda con la Resolución de Ejecución de Sentencia y Copia de la Sentencia
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El abogado apoderado redacta y envía el oficio remisorio, con apoyo del Auxiliar Administrativo de la Secretaría Jurídica, con la copia de la Resolución que ordena darejecución a la Sentencia, indicando la información de que trata el parágrafo del artículo 2.8.6.4.1. del Decreto Nacional 1342 de 2016. |
Elaborar Liquidación de la Sentencia, solicitar CDPs |
- Operadores de Presupuesto |
Proyecto de Liquidación de la sentencia
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El operador de presupuesto de la Secretaría de Despacho obligada a efectuar el pago una vez recibe los documentos y antecedentes respectivos, prepara el proyecto de liquidación, y solicita la expedición de los CDP correspondientes. |
Proyectar y Revisar Acto Administrativo de Pago de la Sentencia |
- Operadores de Presupuesto |
Acto Administrativo de Pago de la Sentencia
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Una vez cuente con la respectiva liquidación de la sentencia y con los soportes presentados, El operador de presupuesto de la Secretaría de Despacho obligada a efectuar el pago, proyecta y visa para la firma del ordenador del gasto el correspondiente Acto Administrativo de Pago de la Sentencia disponiendo el pago a la cuenta bancaria según lo solicitado por el demandante. |
Suscribir el Acto Administrativo de Pago de la Sentencia |
- Operadores de Presupuesto - Secretarios de Despacho |
Acto Administrativo de Pago de la Sentencia firmado
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Revisa y firma el Acto Administrativo de Pago de la Sentencia y remite a la Oficina de Presupuesto para que realice el registro presupuestal del compromiso del Acto Administrativo de reconocimiento y pago de la sentencia. |
Numerar y fechar el Acto Administrativo de Pago de la Sentencia |
- Auxiliares Administrativos |
Acto administrativo
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Una vez firmado el Acto por las personas en él involucradas, la Auxiliar Administrativa procede a la radicación del mismo, a su numeración y fechado.
Envía copia del mismo a la Tesorería Municipal paras lo de su competencia. |
Informar al demandante y a su apoderado que se ha iniciado el trámite administrativo de pago |
- Olga Lucía Gómez Gómez |
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La Tesorería informa al demandante y a su apoderado que se ha iniciado el trámite administrativo de pago y que tienen plazo máximo de treinta (30) días calendario para presentar los soportes documentales para el cumplimiento de la sentencia, con la advertencia de que si se abstienen de hacerlo, o no los aportan en debida forma, las sumas a pagar se depositarán en la cuenta de depósitos judiciales a órdenes del respectivo juez o tribunal que conoció del proceso. |
Iniciar el Procedimiento de Pagos |
- Olga Lucía Gómez Gómez |
- pagos
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Al día siguiente del pago total de la sentencia, laudo o conciliación administrativa, remitirá el acto administrativo y sus antecedentes al Comité de Conciliación para que en el término previsto en la misma norma adopte la decisión motivada de iniciar o no la acción de repetición, e informará al apoderado de la entidad para que presente el estudio pertinente. |